Con fundamento en los hechos analizados, las normas legales aplicadas, la doctrina utilizada, los criterios jurisprudenciales explicados y los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL CONTRA SENTENCIA interpuesta por el Abogado Alirio Palencia, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 62.018, actuando como apoderado judicial del ciudadano JUAN ANTONIO RODRÍGUEZ GÓMEZ, parte demandante en el juicio que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales tiene incoado éste último, contra la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE, C. A. (ELEOCCIDENTE, C. A.), actualmente absorbida por la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO,.....