Este Juzgado Segundo (2°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del demandante, contra el auto de admisión de pruebas de fecha veintiséis (26) de junio de 2025, dictado por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en la que se negó la admisión de la prueba de exhibición promovida por el accionante de autos, en la demanda judicial seguida por MAY SCOTH CHACÓN CAZORLA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 12.259.416, contra la Sociedad Mercantil CONSORCIO CREDICARD, C.A., por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en consecuencia, SE ANULA dicha resolución en lo concerniente a la prueba de exhibición, y SE ORDENA ADMITIR y EVACUAR la prueba en la opo.....