este Juzgado de primera Instancia en funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: SENTENCIA por el procedimiento de Admisión de los hechos al joven adolescente, a cumplir con la sanción de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA por la comisión del delito del delito de Porte Ilícito de Armas previsto en el articulo 277 de Código Penal y sancionado de conformidad con lo solicitado por la Representación fiscal en el artículo 626 de la ley orgánica para la protección del niño niña y del adolescente, en perjuicio del Estado Venezolano