Por tales razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Primero de Juicio extensión Punto Fijo del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Improcedente el decaimiento de la medida de privación judicial de libertad, solicitada por el Abg. Oscar Gómez, defensor del ciudadano procesado Roberth Lorenzo Díaz plenamente identificado en autos; por la presunta comisión de los delitos de Secuestro Agravado, previstos y sancionados en el artículo 16 ordinal 12 parágrafo 2 ordinales 2, 3, de la ley contra delincuencia organizada en concordancia con los ordinales 1, 5, 8 del 77 del código penal, Conformación de Grupo de Delincuencia Organizada., previsto y sancionado en el artículo 6 de la ley contra delincuencia organizada, por lo supra analizado; en consecuencia se mantiene la Medida de Coerción personal que pesa sobre el acusado Roberth Lorenzo Díaz plenamente identificado en autos. .....