En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA PRIMERO: FORMALMENTE ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal 2° de Primera Instancia en Funciones de Juicio del circuito Judicial Penal del la Circunscripción judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro, en contra de los penados (as) RICARDO JAVIER RIVERO ROSILLO, Venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.707.502, y NOHEMY MARINA BONIEL MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad V-25.440.236, quienes fueron condenados a las penas de CUATRO (4) AÑOS de PRISIÓN, al primero de los mencionados por el delito de Distribución Ilegal de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y castigado en el artículo 149, segundo aparte, de la Ley Orgánica de Drogas y a CINCO (5) AÑOS de PRISIÓN, a la segunda, por la comisión de.....