...Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como Únicos y Universales Herederos del De cujus, ciudadano PEDRO ALBERTO MARÍN, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-714.141, a su legitima esposa ciudadana OBDULIA RAMONA GONZÁLEZ DE MARÍN y a sus legítimos hijos ciudadanos: EDIN ALBERTO MARÍN GONZÁLEZ, WILLIAM ANTONIO MARÍN GONZÁLEZ, YARITZA DEL CARMEN MARÍN DE DÍAZ, PEDRO JESÚS MARÍN GONZÁLEZ, JOSÉ GREGORIO MARÍN GONZÁLEZ, EDWIN EDUARDO MARÍN GONZÁLEZ.- Devuélvanse los originales al interesado, previo dejar copia del mismo en el Archivo del Tribunal.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marin Lopez.
NOTA: Con esta misma fecha.....