Por los fundamentos y motivaciones anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES seguida en contra del imputado: ARGENIS YORI MEDINA, venezolano, fecha de nacimiento 12-11-73, de 32 años de edad, portador de la cedula de identidad 14.562.680, residenciado en el sector Souble casa s/n Dabajuro Estado Falcón, por el presunto delito de Porte Ilícito de Armas, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal, que conforman el presente asunto y consecuencialmente Acuerda EL CESE INMEDIATO DE TODA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL, CAUTELAR O DE ASEGURAMENTO acordadas en la Audiencia de Presentación, para resguardar la sana conclusión del proceso. Todo en conformidad a lo que se contrae el segundo aparte del Artículo 314.....