Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo Mixto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de Manera Unánime y por autoridad de la Ley DECRETA: Primero: Se declara al ciudadano EVELIO LUBIN GARCIA VICIERRA, CULPABLE de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Ubal de Jesús Cuevas y en consecuencia lo Condena a sufrir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO más las penas accesorias previstas en el artículo 16 ejusdem. Segundo: En virtud de las Pena impuesta se acuerda revocar la Medida Cautelar Sustitutiva, referida a Detención Domiciliaría, a la cual se encuentra sometido el acusado y ya condenado y se ordena su inmediata reclusión en el Internado Judicial de esta ciudad de Coro, Estado Falcón, estableciénd.....