En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, conforme a sus atribuciones y competencia previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Pena, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano RAÚL RAMÓN PEREIRA ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, nació el 26 de septiembre de 1.981, de 25 años de edad, se identifica con cédula V-14.792.860, nacido en Cabimas, estado Zulia, residenciado en calle principal del barrio Don Tomás García, frente del negocio comercial denominado "La Pregunta", quien fue condenado en fecha 29 de enero de 2.007, a cumplir la pena de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES de prisión, por la comisión del delito Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en virtud de haber cumplido las condiciones impuestas durante el lapso de suspensión c.....