Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta por los Abogados GABRIELA ALESSANDRA LOPEZ ORELLANA y JONATHAN RIERA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 104.279 y 113.803, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandante ciudadana VANESSA BRIGITTE ORTIZ SIRIT, en contra de la decisión dictada en fecha 05 de Mayo de 2009, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante el cual declaró la INADMISIBILIDAD de la presente demanda de Cobro de Prestaciones Sociales que sigue la ciudadana VANNESA BRIGITTE ORTIZ SIRIT contra la Empresa LEA BANKER, C.A. Que.....