En consecuencia este Tribunal, dando cumplimiento a lo establecido en la precitada norma, ordena la remisión del presente asunto a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, a los fines de que se de cumplimiento con dicha disposición, ya que es un hecho notorio que existe una terna de suplentes para cubrir las faltas temporales de los Jueces y Juezas de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZA TERCERO DE JUICIO (S)
ABG. MAYSBEL MARTINEZ GARCIA
LA SECRETARIA
ABG. MARIDELYS SANCHEZ JORDAN