En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR apelaciones ejercidas por los abogados Pedro López Navarro, en su carácter de apoderado de judicial del demandante ciudadano VICTOR JOSÉ VENTURA; Sergio Lermont, en su carácter de apoderado judicial del co-demandado ciudadano JOSÉ GERARDO CASTELLANOS; y Allison Zea, en su carácter de apoderada judicial de la co-demandada SEGUROS MERCANTIL, C.A., mediante diligencias de fechas 28/7/2010, 29/7/2010 y 29/7/2010 respectivamente.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el punto previo opuesto por la co-demandada MERCANTIL SEGUROS C.A., relativo a la falta de cualidad activa. SIN LUGAR el punto previo opuesto por la co-demandada MERCANTIL SEGUROS C.A., relativo a la prescripción de la acción.....