En atención a lo expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando de manera Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Resuelve; Primero: Se Declara al ciudadano: Franklin Adaul Hernández Colina, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.800.128, natural de la Cruz de Taratara, Estado Falcón, donde nació en fecha 03 de marzo de 1970, de 35 años de edad, casado, comerciante y residenciado en calle principal vía Peñaca, casa sin número, Municipio Sucre del Estado Falcón, NO CULPABLE de la comisión del delito los delitos de Homicidio Calificado en Grado de Complicidad, tipificado en el artículo 406 en concordancia con el articulo 84 ordinal 3°, todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Rangel Alberto Zamora. Como consecuencia de ello, Segundo: lo declara absuelto y .....