CAPITULO III
DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación intentada por el apoderado judicial de la parte actora, en contra del auto dictado en fecha 28.02.2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: REVOCA parcialmente el auto dictado en fecha 28.02.2012. en consecuencia, se deja sin efecto la reapertura del lapso probatorio en lo que respecta a la comparecencia de la ciudadana Vanesa Clavier Rios para el reconocimiento de firma.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circ.....