Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta por la Abogada MARLENE VENTURA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 47.997, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante ciudadanos ALEXIS RAFAEL AMAYA, DELYS LAMPE DONQUIZ, FRANKLIS COLINA GAUNA y OTROS, en contra de la sentencia de fecha 13 de Julio de 2009, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio tanto para el Nuevo Régimen como para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, mediante el cual declaró SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos ALEXIS RAFAEL AMAYA AMAYA, DELYS JOSE LAMPE DONQUIZ, FRANKLIS RENE COLINA GAUNA, YONNY JOSE CASTILLO HERNANDEZ, GUSTAVO ANTONIO CABRERA SALCEDO y YOHNY LARR.....