En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Cumplidos los requisitos establecidos en el 308 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal en contra del ciudadano JOSE ALEXANDER LUGO GARCIA portador de la Cedula de Identidad N° 18.605.608, nacido en fecha 06/03/1986, de 26 años de edad, Soltero, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en Calle Virginia Gil de Hermoso, entre Callejón Aeropuerto y Duvisi, casa Numero 07 frente a la estación de bombeo, del Estado Falcón, de esta ciudad, teléfono N° 0414-0623579, hijo de Elan Jesús Lugo Gómez y Alicia del Valle García; por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el Artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el.....