Por todos los argumentos y consideraciones explanados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR la solicitud de imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas requeridas por el Ministerio Público en contra del ciudadano JOSE BENIGNO RIVAS, venezolano, de 43 años de edad, titular de la cedula de identidad No. 5.606.087, domiciliado en el Centro de Rehabilitación "Misión Negra Hipólita, ubicado en la Avenida Independencia Antiguo Inager, por la presunta de la comisión del hecho ilícito de Lesiones Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del código penal, de conformidad con el artículo 256 ordinal 2° y 9°, consistente en la Obligación de someterse a vigilancia de una persona o de una Institución para este caso el Centro de Atención Integral "Misión Negra Hipólita.....