"...actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR el convenio suscrito por las partes, otorgándole el carácter de sentencia definitiva firme ejecutoriada, sin perjuicio de que pueda ser ajustado en beneficio de los niños. El acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos:
En relación a la Obligación de Manutención: Cuotas Mensuales: El padre aportara mensualmente la cantidad de BOLIVARES DOS MIL SETECIENTOS (646,00bs.), a razón de dos (02) cuotas quincenales de BOLIVARES TRESCIENTOS VEINTRES (323,00) a la cuenta de ahorro en la entidad bancaria BANCORO que aperturarà la madre a tal fin, para cubrir gastos de sustento (alimentos y artículos personales), educación (gastos extras de trabajos colaboraciones y meriendas), así como el concepto de salud (atención mèdica y medicina) y recreación. Cuotas Extraordinarias: A los fines de sufragar gastos relativos a pago de inscripción escolar, compra de útiles, vestidos y calzados escol.....