DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÒN EXTENSIÒN PUNTO FIJO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al ciudadano JUAN BAUTISTA DIAZ DELGADO, Venezolano, natural de coro, nacido el 01/04/1985, de 24 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.665.925, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, y residenciado en el barrio Andrés Eloy Blanco, calle ayacucho al final con calle nueva, casa 17-B, de color beige, Punto Fijo Estado Falcón; a quien se le sigue el presente asunto penal por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE OBJETO PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en los artículos 277 y 475 ambos del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 16 .....