EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL SECCION ADOLESCENTE pasa en uso de la competencia PARA REVISAR MEDIDAS CAUTELARES conferida al Juez por el Artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y analizada la causa Nº IP01D2016- 0000628.- (nomenclatura de este Tribunal) actuando quien aquí decide procede a la REVISIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVATIVA DE LIBERTAD del adolescente OSKENDI CAVAVIER ACOSTA, titular de la cédula de identidad Nº V29.833.499 de nacionalidad venezolana, de 14 años edad, nacida en fecha05-06-2002, estado civil soltero, ocupación estudiante, Domiciliado Bobare calle, callejon Santa Inés con calle Borregales, casa S/N color salmón, Municipio Miranda del estado Falcón, teléfono de su madre:04126716686 por la prevista en el articulo 582 literales B Y F correspondientes: por las dispuestas en el articulo 582 en sus literales B correspondiente a la supervisión y vigilanci.....