DISPOSITIVA
Del análisis anterior, concluye este Juzgador que en el Presente caso no han variado los presupuestos fácticos que dieron origen a la medida de privación judicial preventiva de libertad que en fecha 01-12-06 decretara este Tribunal, debiéndose señalar además, que sobre la base de la denuncia formulada por la ciudadana Belkis Violeta de Manzano (esposa del occiso y testigo del hecho) en relación a que ha recibido amenazas por parte del imputado, constituye un evidente peligro de obstaculización en el desarrollo de este proceso, existiendo el riesgo de que el imputado influya negativamente en las víctimas y testigos para que no comparezcan a los actos subsiguientes en la presente causa y resulte frustrada la administración de justicia, razón por la cual, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sobre la base de lo .....