DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÒN EXTENSIÒN PUNTO FIJO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al ciudadano MARCOS ARIAS RODRIGUEZ, portador de la cédula de identidad Nº 19.007.225, fecha de nacimiento 20-03-1983, de 30 años de edad, estado civil soltero, Venezolano, profesión u oficio Albañil, Tacuato, sector la alcabala, casa S/N, hacia arriba de la bodega mariu, Tacuato Estado Falcón, hijo de Ester Rodríguez y Marcos Arias, teléfono 0416-562-9518, a quien se le sigue el presente asunto penal por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano JORGE CUMARE, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 16 DEL CÓDIGO PENAL. SEGUNDO: No se condena al acusado de autos MARCOS .....