En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR CADUCIDAD el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano JONAL CRUZ GARCÍA GOZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.095.442, debidamente asistido por la abogada MARIA ELENA FLORES HUMBRIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 153.766, contra la COMANDANCIA GENERAL DEL CUERPO DE POLICÍA DEL ESTADO FALCÓN.