DECISIÓN
Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia Nacional en Extinción de Dominio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SE DECLARA: INADMISIBLE la presente ACCIÓN POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO presentada por el abogado JOAQUIN ANTONIO CARABALLO DIAZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 35.161, apoderado judicial del ciudadanoEDISON DAVID TEJEDA ARRIETA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-23.944.818.
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de .....