PRIMERO: HOMOLOGA el presente acuerdo Transaccional Laboral celebrado entre las partes durante la Audiencia Preliminar y se le imparte carácter de COSA JUZGADA.
SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la presente causa incoada por la ciudadana DANIELA GUADALUPE ORTIZ MEDINA, identificada con la cédula de identidad Nro. V- 26.197.897, en contra de la Sociedad Mercantil HOTEL INTERCARIBE C. A., por concepto de Prestaciones Sociales.
TERCERO: SE ORDENA EL ARCHIVO DEFINITIVO del expediente, una vez conste en acta el pago de la última cuota acordada.