Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público, en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO LUARTE ARIAS, ratificó en toda y cada una de sus partes el escrito presentado por ante este Circuito, narrando los hechos que dieron origen a su solicitud haciendo un recuento de todos los elementos de convicción que ha su juicio autorizan su solicitud, Precalificó los hechos como el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1, en concordancia con el artículo 405 del Código Penal a título de autor, en perjuicio de los ciudadanos GREGORY JOSÉ GONZÁLEZ ROJAS Y JOANDRY ANTONIO DÍAZ LEAL, y se le impone la MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL DE LIBERTAD, se .....