En consecuencia, CITESE a la ciudadana MARIA RAMONA GUARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.474.352, domiciliada en la Avenida Manaure con calle Mapararí, Edificio Doña Inés, apartamento Nº 01, de esta ciudad de Coro, Estado Falcón, en su carácter de demandada, para que comparezca por ante este Tribunal a las 2:00 p.m., del SEGUNDO (2º) día de despacho siguiente a que conste en autos su citación, a fin de que le absuelva las Posiciones Juradas al demandante, RICARDO ALBERTO MORALES PEREIRA, y de conformidad con lo establecido en el artículo 406 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal fija las 2:00 p.m. del siguiente día de despacho de concluido el acto de Posiciones Juradas de la ciudadana MARIA RAMONA GUARA, para que el promovente RICARDO ALBERTO MORALES PEREIRA, absuelva las Posiciones Juradas que le formulará la contraparte. Líbrese la boleta de citación respectiva y entréguese al alguacil para su practica. Déjese copia certificada.....