Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de indicación de requerimientos para la citación.
SEGUNDO: SE DECLARA que la citación de una sociedad anónima que se encuentre domiciliada en el territorio nacional y en la cual el Estado tiene participación decisiva, cuya diligencia procesal sea requerida por una autoridad judicial de los Estados Unidos de América, se debe requerir a través de una Carta Rogatoria que cumpla con las disposiciones de la Convención Interamericana sobre Exhorto o Cartas Rogatoria y el Código de Procedimiento Civil, por lo que se debe acompañar con la orden de comparecencia del Tribunal, copias del escrito contentivo de la demanda y el auto o su equivalente a la admisión de la misma, por duplicado y de.....