En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado Edgar García, en su carácter de apoderado judicial de la demandante ciudadana CARMEN DIONISIA LARA, mediante diligencia de fecha 18 de julio de 2014; en consecuencia.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión de fecha 11 de julio de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con motivo del juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, seguido por la ciudadana CARMEN DIONISIA LARA contra el ciudadano WILLIAM ALBERTO HIGUERA PÁEZ, mediante el cual declaró inadmisible la acción intentada. En consecuencia, se ordena al Tribunal a quo.....