En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada Ronnia Luques López, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ALIDA CONCEPCIÓN PRIETO ARIAS, mediante diligencia de fecha 29 de febrero de 2012.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia definitiva de fecha 19 de enero de 2012, dictada por el Tribunal de Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró con lugar la demanda de DIVORCIO, incoada por el ciudadano NESTOR RAMÓN CALDERA CASTRO contra la apelante.
TERCERO: SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO intentada por el ciudadano NESTOR RAMÓN CALDERA CASTRO contra la .....