En mérito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por ABANDONO DEL TRÁMITE por PÉRDIDA DEL INTERÉS en la presente Acción de Amparo interpuesto por el ciudadano FRANKLIN MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.292.290 actuando con el carácter de Presidente de la Asociación de Profesores de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda, debidamente asistido por la Abogada ENEIDA TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.243, contra la UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL FRANCISCO DE MIRANDA (U.N.E.F.M).