este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE ACCION DE HABEAS CORPUS, interpuesta por el abogado JULIO ENRIQUE TOVA BOSO, a favor de los ciudadanos CHEN MEI XIANG, LIU XIU LAN, LI YI LAN, JIANG DUAN FENG, ZHU BEN WEN, DONG YONG LE, GAO BING, DONG XU XIAN, antes identificados, y por consiguiente ordena su libertad a tenor de lo pautado en el artículo 27, 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 38 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ordenándose notificar a la Dirección de Migración y Fronteras con sede en Punto Fijo a fin de que aperture el procedimiento establecido en el artículo 40 y siguientes de la Ley de Extranjería y Migración, estableciéndose que dichos ciudadanos permanecerán en libertad en el domicilio señalado por el .....