DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA: PRIMERO: Se admite la acusación fiscal interpuesta contra el ciudadano JOSE ATENCIO TORRES, por estar incursos en la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS INNOBLES, previsto y sancionado en el Artículo 406 numeral 1° y OCULTAMIENTO DE ARMA BLANCA, de conformidad con lo establecido en el articulo 277 del Código Penal vigente, en concordancia con el articulo 9 de la Ley de Armas y Explosivos, en perjuicio del ciudadano JOSE ANTONIO RATTIA VILLANUEVA (OCCISO) y EL ESTADO VENEZOLANO, se admiten parcialmente las pruebas testimoniales y la totalidad de las pruebas documentales ofrecidas por la Fiscalía. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud .....