DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del penado DARWIN ANTEQUERA FINOL, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.831.935, consistente en UN (1) AÑO, Y DOS (2) MESES, del deporte realizado por el penado durante el tiempo de reclusión en el Internado Judicial de Falcón, debidamente certificado y avalado por la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, todo de conformidad a lo previsto en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Estudio y Trabajo, en concordancia con lo previsto en los artículos 496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de la anterior declaratoria se acuerda realizar por auto separado la actualización de cómputo de la pena antes se.....