Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: CONDENA, al acusado. YOLMAN JOSE CONTRERAS COLINA, venezolano, natural de los taques, nacido en fecha 22-06-84, de 24 años, portador de la cédula de identidad Nº 18.631.817, de profesión mecánico, hijo de José Manuel Contreras Montero y Yolanda Margarita Colina Díaz, residenciado en el sector la plaza, calle La Verdad, casa No. 07, de la Población de Moruy, Municipio Falcón, Estado Falcón, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÒN, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16, por la comisión del DELITO: ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE previsto y sancionado en el artículo 43 y 44 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujer.....