Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida contra el ciudadano: JOSE DANILO GARCIA TALAVERA, quien en vida se identificaba como Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.497.080, de 46 años de edad, natural y residenciado en la Avenid Buchivacoa, casa N° 53, Sector Bobare de esta ciudad de coro del Estado Falcón, por el delito de VIOLACION en perjuicio del Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , conforme a lo previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal y Declara Extinguida la Acción Penal, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 318 y el artículo 48 ordinal 1° ambos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 322 Ejusdem. Regístrese, Publíquese, Notifíquese .....