este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA; acuerda suspender el cumplimiento de la presente sanción por la imposibilidad del adolescente ya identificado de cumplirla en el Departamento de Libertad Asistida del Instituto Nacional del Menor, en virtud que el mismo se encuentra privado de libertad, la misma comenzará a cumplirla una vez en libertad y se realizará el Cómputo respectivo para la fijar fecha de culminación de la sanción impuesta