ÚNICO: Se ordena la remisión de la presente causa al Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,, a los fines que inste a la defensora judicial de la parte demandada a dar cumplimiento a sus obligaciones y proceda a apelar de la decisión definitiva dictada en fecha 02 de junio de 2025, en el juicio que por PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DE HIPOTECA incoaran los ciudadanos HELI ENRIQUE SANTELIZ PAREDES y HELI SAÚL SANTELIZ PAREDES contra la sociedad mercantil INVERSIONES DOCASA, C.A.