DISPOSITIVO
ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con fundamento en los artículos 2, 3, 7, 21, 26, 49, 334 Constitucionales, 33, 34 y 40 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario., 4, 1.159, 1.160,1.167 del Código Civil., 7, 11, 12, 14, 15, 16, 197, 202, 241, 242, 243, 506, 507, 508, 509, 510 del Código de Procedimiento Civil. Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Desalojo de inmueble arrendado, local comercial (Galpón), ubicado en la avenida Los Medanos entre Buchivacoa y Aurora hoy avenida Tirso Salaverría, Coro, Estado Falcón, derivado del acuerdo de voluntades autenticado por ante la Notaria Pública de Coro, en fecha 09/02/2004, anotado bajo el número 66, tomo 04, de los libros llevados por esa oficina., incoada por el ciudadano Francesco Paolo Savino Panarelli titular de la c.....