DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Al Ciudadano Jorge Francisco Navas Crespo, Venezolano, nacido en fecha: 16-08-1983, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 15.917.020, de Estado Civil: Casado, de 24 años de edad, Grado de Instrucción: T.S.U, domiciliado en la Ciudad de Coro, Urbanización las Eugenias, Calle 04, Casa N° A16-22, la Primera Etapa, Teléfono (0268) 252-88-73, de Profesión u Oficio: Comerciante, hijo de Jorge Ramón Navas Cuauro y Miranda Crespo De Navas; la LIBERTAD PLENA, y el juzgamiento en libertad del referido ciudadano, ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los Artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, ello por no estar llenos los extremos del Artículo 250.....