En consecuencia este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; de conformidad con la Resolución Nro. 2018-0013, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 24-10-2018, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: MARIXSA RAMONA GUTIERREZ DE GONZALEZ, un (1) Local Comercial, con una superficie de construcción: TRESCIENTOS VEINTISEIS CON SETENTA METROS CUADRADOS (326,70〖mts〗^2). Cuya área total de terreno es de CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (424,62〖mts〗^2). Las especificaciones de dicho inmueble son las siguientes: paredes de bloque de concreto, paredes con revestimiento de friso acabado liso, cubierta de techo tipo loza nervada, piso de granito acabado pulido, puertas metálicas, puerta principal corrediza tipo Santamaría, dicho inmueble est.....