este Tribunal respecto de la solicitud presentada a por el Defensor del penado AGUSTÍN MANZO, es necesario verificar si el penado cumple con los requisitos exigidos por ley para el otorgamiento de tal beneficio y siendo que entre estos requisitos está que el penado haya observado una conducta ejemplar, no constatándose de la revisión de la causa constancia de buena conducta, es por lo que se acuerda oficiar a la Dirección del Internado Judicial a los fines de que remita a este Despacho Informe Conductual, para poder pronunciarse sobre la solicitud interpuesta. Ofíciese lo conducente.