Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: al Ciudadano Miranda Guanipa, Wilmer José, venezolano, nacido en fecha: 28-11-1986, titular de la Cédula de Identidad N° V.-19.617.734, de Estado Civil: Soltero, de 21 años de edad, Grado de Instrucción: Tercer Grado, domiciliado en Josefa Camejo, Calle Ramón Ruiz Polanco, Casa N° 23 de color amarilla, al lado del Auto lavado Transporte Dinoco, teléfono: 0416-015-46-78, de Profesión u Oficio: Vigilante, hijo de Martín Miranda y Maria Elena Guanipa; consistente en la Prohibición expresa del hoy imputado de ejercer cualquier tipo de Violencia Física o psicológica en contra de la victima en el presente asunto, Ciudadana Fanny Yaquelin Miranda Guanipa, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el articulo 42 de la L.....