Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara la sociedad mercantil VENEZOLANA DE PROYECTOS INTEGRADOS VEPICA, C.A., contra la sociedad mercantil CICLON, C.A., ampliamente identificadas al inicio de esta decisión, DECLARA: SE HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN presentada en fecha 1ro de diciembre de 2023. En consecuencia, téngase la referida transacción como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.