Esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la Jueza Tercera de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Abogada KARINA ZAVALA ESPINOZA, en la causa N° IP01-P-2010-001236, seguida contra los ciudadanos PRAGEDES ANTONIO CHIRINOS BORREGALES, DIONIS ALFONSO COLINA, MARIO JOSÉ RODRÍGUEZ COLINA y CARLOS ANDRÉS CARRASQUERO CAMACHO, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, a tenor de lo establecido en el artículo 86.7 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente para el día en que se efectuó la inhibición, hoy vigente artículo 89.7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.078, en fecha 15/06/2012.
Agréguese el presente cuaderno separado al asunto principal mencionado. .....