DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del penado RENNY RAFAEL CORDERO AMAYA, venezolano, mayor de edad, natural de Punto Fijo estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº V-5.586.334, de 52 años de edad, nacido en fecha 19-05-1958, de profesión u oficio: comerciante, hijo de Julio Cesar Cordero Marín y María Magdalena Amaya de Cordero, domiciliado en calle México, entre calles Zamora y Girardot, casa Nº 50 de Punto Fijo, consistente en CINCO (05) MESES Y UN (01) DIA, de trabajo y estudio realizados en la Comunidad Penitenciaria de la ciudad de Coro, Estado Falcón, todas avaladas la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de conformidad a lo previsto en el artículo 3 de la Ley de.....