DISPOSITIVO
Sobre la base de las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a la previsiones del artículo 183 de la Ley Orgánica de Drogas, NIEGA LA SOLICITUD DE ENTREGA DEL VEHÍCULO identificado con las características anteriormente descritas.