Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Su COMPETENCIA para conocer del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto conjuntamente con Medida Cautelar de Suspensión de efectos, presentado por la ciudadano MAYCKOL ELICER RODRIGUEZ SALGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.821.580, debidamente asistida por el abogado LUIS RAMÓN CHIRINOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 280.311, contra el CUERPO DE POLICIA BOLIVARIANA DEL ESTADO FALCÓN.
Segundo: SE ADMITE en cuanto ha lugar en derecho. Procédase a la citación del ciudadano Procurador General del estado Falcón, para que de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, le dé contestación a la querella dent.....