Tribunal estima, que están llenos los supuestos que indican la presencia de un delito flagrante, y que dada la relevancia social de la familia como institución, este procedimiento puede seguirse contra el imputado JOSE RAFAEL MEZA en libertad, bajo la imposición de las Medidas Cautelares, establecidas en los distintos numerales del Artículo 39 de la Ley sobre la Violencia contra la mujer y la Familia, razón por la cual, esta Juzgadora procede a imponerle al ciudadano JOSE RAFAEL MEZA, plenamente identificado en autos, la Medida Cautelar prevista en el numeral 4° y 5° de la Ley sobre la Violencia contra la mujer y la Familia, referidas a la Restitución de la Víctima al hogar de donde hubiese sido alejada con violencia, y acudir al Plan de Asesoría Psicológica que posee el Consejo Estadal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CEDNA) , por cuanto en el presente asunto existen niños víctimas. Y así se decide.
Como corolario de los anterior, este Tribunal Cuarto Penal de Control .....