este Tribunal Segundo del Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Admite Totalmente la Acusación interpuesta por la Fiscalía Séptima de Ministerio Público del Estado Falcón en contra del ciudadano HÉCTOR LUIS ARTEAGA. SEGUNDO: Admite totalmente las pruebas Testimoniales y documentales ofrecidas por la representación fiscal por considerarlas el Tribunal útiles, necesarias y pertinentes y sin lugar la solicitud de sobreseimiento interpuesta por la defensa la defensa. TERCERO: Se condena a cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, al ciudadano: HÉCTOR LUIS ARTEAGA SÁNCHEZ, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS en la modalidad de "DISTRIBUCIÓN MENOR", previsto y sancionado en el artículo 31 de la ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Psicotrópicas y Estupefacientes, en perjuicio del: ESTADO VENEZOLANO. Se condena a la.....